El juez Peinado insiste en juzgar a Begoña Gómez por jurado y repite su polémica alusión a Fernando VII.
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El magistrado rechaza los recursos presentados por la mujer de Pedro Sánchez, su asesora, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés.

Frente a la queja de las defensas, el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid destaca que la ley del tribunal del jurado recoge que los delitos de tráfico de influencias y malversación deben sentenciarse ante nueve ciudadanos legos en Derechos.
Lo que defiende el juez, con mención a Fernando VII.
En un auto dictado en las últimas horas, el magistrado vuelve también a incluir la polémica alusión a Fernando VII que ya hizo el 11 de abril. En aquel auto, hizo referencia al reinado del monarca para compara al Gobierno actual de España con un régimen absolutista.
Esta es seguramente la parte más llamativa del escrito, al que ha tenido acceso este periódico. El juez mantiene que “las conductas que provienen de palaciones presidenciales, como este supuesto, parecen más propias de regímenes absolutistas, por suerte, ya olvidados en el tiempo en nuestro Estado”. En este sentido, contempla que “obliga a tratar de analizar (quizá hubiera que remontarse al reinado de Fernando VII) este tipo desde la perspectiva de una investigación telcológica y hemenéutca de los -citados- artículos 428 y 429 del Código Penal”.
Juan Carlos Peinado mantiene su posición por la “rapidez con la que fue tramitada la creación de la Cátedra , que el propio testigo, exvicerector de la UCM, Juan Carlos Doadrio resaltó” o la firma de cartas de apoyo a la UTE del empresario coincidiendo con la creación de la cátedra.
El escrito reza que “los hechos indiciariamente atribuidos a la investigada Begoña Gómez pudieron suponer que, desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional”.
Contrario a informes periciales o la Fiscalía.
Por delitos que el juez atribuye a Gómez, en cuanto a la corrupción en los negocios en el sector privado, rechaza la tesis de las defensas de la imposibilidad de su comisión al señalar que el centro universitario es público porque la esposa de Sánchez, defiende el juez en su escrito, tenía “la intención” de apropiarse del software.
En cuanto a la apropiación indebida, señala que la mujer del presidente del Gobierno “actuó de facto como gestora principal del proyecto de la cátedra y el software, con capacidad de dirección e interlocución sobre recursos universitarios, aportaciones empresariales y desarrollo tecnológico”, lo cual, en opinión del juez, “pudo exceder ese ámbito desviando el activo hacia intereses propios en perjuicio de la UCM”.
Las explicaciones que Peinado da en sus escritos son contrarias a informes periciales presentados a modo de defensa sobre el funcionamiento de las cátedras universitarias en España o los argumentos esgrimidos por la Fiscalía. La propia Gómez, mientras tanto, sigue aportando datos que respaldarían su inocencia.