Continua el proceso que abre una puerta al posible indulto de García Ortiz: el Supremo solicita un informe a la Fiscalía.
.
Aunque el indulto es una prerrogativa del Gobierno, la concesión del perdón total es una decisión que corresponde al alto tribunal, por lo que no se prevé que alcance tal magnitud pero sí parcialmente.

.El procedimiento continúa avanzando después de que el Tribunal Supremo haya solicitado a la Fiscalía su informe sobre las peticiones de indulto presentadas a favor de García Ortiz. El alto tribunal ha dado este paso tras recibir el pasado 21 de abril el denominado informe de conducta elaborado por la Subdelegación del Gobierno en Madrid, un trámite obligatorio recogido en la ley del indulto de 1870.
.
La normativa establece que, antes de pronunciarse, el tribunal debe recabar información sobre la conducta del condenado. En casos como este, en los que no existe pena privativa de libertad, el informe corresponde a la autoridad gubernativa de la provincia de residencia del penado.
.
Una vez incorporado ese documento de la Subdelegación al expediente, el Supremo solicita también el criterio de la Fiscalía y de la parte perjudicada, que en este procedimiento es González Amador.
.
.
Mientras el primero exige el respaldo favorable del órgano sentenciador, el segundo podría concederse incluso con un informe contrario del Supremo. La legislación contempla como indulto parcial tanto la reducción de las penas impuestas como su sustitución por otras menos graves.
.
Además, la ley del indulto excluye expresamente la responsabilidad civil, por lo que García Ortiz no recuperaría los 10.000 euros de indemnización ya abonados a González Amador. Respecto a la multa de 7.200 euros, únicamente podría ser reintegrada si así lo estableciera de forma explícita el decreto aprobado por el Gobierno.
Paralelamente, el ex fiscal general mantiene abierto su recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional con el objetivo de revertir la condena. un procedimiento que seguiría teniendo sentido incluso aunque se concediera un indulto total, dado que la indemnización civil no quedaría anulada.
El escenario podría complicarse aún más si González Amador decide recurrir un eventual indulto. Diversas fuentes del Supremo señalan que, como acusación particular en el proceso, el empresario tendría legitimación para impugnar la medida de gracia al considerar que posee un interés legítimo en el cumplimiento íntegro de la pena. No obstante, las mismas fuentes precisan que ese hipotético recurso no paralizaría la aplicación inmediata del indulto acordado por el Ejecutivo.